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BOLSAS PLASTICAS

Informamos que luego de la sanción por parte del Honorable Consejo Deliberante de la Ord. M. 4098/1012 que faculta al Poder Ejecutivo Municipal a reglamentar la Ord. M. 4040/2011, la Municipalidad de Ushuaia ha aprobado la reglamentación pertinente mediante el Decreto N°329/2012 y su Anexo I.
 
En el Artículo 1° del Anexo I mencionado se otorgan 90 días a partir de la publicación del decreto 329 para posibilitar el consumo de los stocks remanentes de bolsas plásticas bio u oxibiodegradables, con excepción de súper e hipermercados.
 
En consecuencia el día sábado 16 de junio quedará definitivamente prohibida la entrega de bolsas plásticas.
 
El Art. 2º por su parte, posibilita que aquellos comercios que consideren que no les es posible reemplazar las bolsas o recipientes plásticos, podrán dirigir nota a la Sub Secretaria de Seguridad Urbana planteando su caso, el cual será evaluado por las áreas pertinentes.
 
Asimismo la Cámara de Comercio le recuerda que la Ordenanza Municipal 4040/2011, se encuentra vigente, por lo que le recomendamos tomar las apropiadas previsiones para colaborar con el espíritu de la citada ordenanza: eliminar la contaminación provocada por las bolsas  plásticas.
 
Para su mayor información solicitar las copia de las siguientes Ordenanzas a la Secretaría de la Cámara:
 
Ord. 4040/2011
Ord. 4098/2012
Decreto N°329/2012
Anexo I del Decreto Nº 329
 
Desde ya muchas gracias por su atención y contamos con su valiosa colaboración.-
 
Atte.-
Comisión Directiva

Cámara de Comercio y Otras Actividades Empresarias de Ushuaia

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